• El nuevo baremo incorpora la clasificación de “trastorno generalizado del desarrollo” donde se recogen los fundamentos del trastorno del espectro del autismo (TEA)
  • Además, se reconoce el trastorno de manera independiente y diferenciada del diagnóstico de discapacidad intelectual, algo que visibiliza el impacto del TEA en la calidad de vida de las personas que lo presentan
  • Desde Autismo España agradecen el empuje del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para la consecución de este nuevo baremo, que recoge sustanciales avances para las personas en el espectro del autismo y que ve la luz tras un largo proceso de diálogo.
 
 

El Consejo de Ministros y Ministras aprueba hoy el nuevo baremo de la discapacidad en el Real Decreto que regula el procedimiento para la valorar y determinar el grado de discapacidad. Desde la Confederación celebran este nuevo baremo que recoge específicamente las características nucleares del trastorno del espectro del autismo (TEA); un hito por el que llevamos trabajando casi una década y que, por fin, entra en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en las próximas 48 horas. 

El nuevo procedimiento de valoración sustituirá al actual, del año 1999, que había quedado desactualizado y que, además, no cumplía con las obligaciones que impone la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas.  

El nuevo baremo supone un avance en la valoración del grado de discapacidad en el caso particular de las personas en el espectro del autismo ya que incorpora la categoría de “trastorno generalizado del desarrollo” y la clasificación de diagnósticos incluidos en la misma, en coherencia con la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-10) de la Organización Mundial de la Salud que está vigente en nuestro país.  

A pesar de que no refleja específicamente la descripción actualizada del autismo en los sistemas más recientes de clasificación (DSM-5 y CIE-11), desde Autismo España han trabajado durante el proceso de elaboración del baremo para que los criterios de aplicación del mismo recogieran los fundamentos que definen esta categoría diagnóstica.  

Asimismo, desde la Confederación han insistido especialmente en que la formación de los equipos de valoración de la discapacidad deberá, no sólo garantizar el conocimiento de las nuevas herramientas que establece el baremo, sino también cómo éstas deben aplicarse e interpretarse en el caso de las personas en el espectro del autismo. 

Es importante destacar también que el nuevo baremo reconoce específicamente el trastorno generalizado del desarrollo (trastorno del espectro del autismo conforme a las clasificaciones diagnósticas internacionales actualizadas), de manera independiente y diferenciada del diagnóstico de discapacidad intelectual. Este reconocimiento visibiliza el impacto que las características nucleares del TEA tienen por sí mismas en el funcionamiento adaptativo y en la calidad de vida de las personas que lo presentan. De la misma forma, evidencia la necesidad de garantizar apoyos heterogéneos y flexibles en las distintas esferas de la vida diaria y a lo largo de todo el ciclo vital.  

 

10 años de negociaciones 

Alrededor de diez años se ha tardado en que este nuevo procedimiento vea la luz. Han sido años de trabajo, encuentros y desencuentros. Finalmente, este Real Decreto cuenta con el consenso y el acuerdo entre el Estado, las Comunidades Autónomas y el sector de la discapacidad. 

Otro de los principales aspectos a destacar en términos generales es el establecimiento de criterios comunes más allá del territorio o Administración de referencia, tratando de acelerar el procedimiento de valoración, algo que supone una mejora sustanciosa dado que actualmente el tiempo de valoración en algunas Comunidades Autónomas supone más de dos años.  

 

Consulta directa al BOE pinchando aquí. 

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