Barcelona, 25 ene (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha dictaminado que son las Comunidades Autónomas las que tienen que gestionar los fondos recaudados en la casilla opcional para fines sociales de la declaración de la renta, según una sentencia que hoy ha difundido el Departamento de Bienestar Social de la Generalitat.
Hasta ahora, el Estado recauda tanto el dinero que se destina a la iglesia como a otros fines sociales y es el que hace la convocatoria y el reparto a las entidades sociales de cada comunidad.
La sentencia establece que la convocatoria la seguirá haciendo el Estado, «pero la gestión de las subvenciones, que quiere decir la tramitación, la resolución y el pago, la tiene que hacer el gobierno de la Generalitat», ha explicado el conseller.
En su fundamentación jurídica, el TS considera «incluida en la esfera de la competencia estatal la regulación de los aspectos centrales del régimen subvencional -objeto y finalidad de las ayudas, modalidad técnica de las mismas, beneficiarios y requisitos esenciales de acceso- mientras situaremos dentro de la competencia autonómica lo atinente a su gestión, esto es, la tramitación, resolución y pago de las subvenciones, así como la regulación del procedimiento correspondiente a todos estos aspectos».
La resolución judicial añade que «ya es doctrina reiterada de este tribunal que las normas procedimentales ‘ratione materiae’ deben ser dictadas por las CCAA competentes en el correspondiente sector material, respetando las reglas del procedimiento administrativo común».
Por ello, el fallo reconoce «capacidad de la Generalitat para gestionar las subvenciones para programas de cooperación y voluntariado sociales procedentes del IRPF».