El Presidente del CERMI estatal, Luis Cayo Pérez Bueno, ha presentado en Ginebra un informe alternativo al del Estado español sobre el balance de aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en España en el periodo 2008-2010, con el objetivo de analizar la situación de este sector en nuestro país.
El informe llamaba la atención sobre aquellos aspectos que suponen un incumplimiento más intenso de los derechos reconocidos a las personas con discapacidad por la Convención y que necesitarían, por tanto, una actuación y subsanación más firmes por este Comité, con el objetivo de que España avance significativamente en un tiempo razonable en el cumplimiento de este Tratado internacional.
Según Pérez Bueno, “las personas con discapacidad siguen siendo un grupo social sometido a situaciones estructurales y coyunturales de exclusión social, con enormes dificultades para ejercer sus derechos y libertades fundamentales, en términos equiparables al resto de ciudadanía sin discapacidad”. Según ha indicado, “hay esferas críticas donde estos derechos son vulnerados y conculcados, lo cual resulta inaceptable y debe cesar”.
El presidente del CERMI ha destacado como “especialmente preocupantes” los incumplimientos del Tratado que pasan por la vigencia de la legislación interna, “incompatible con los principios, valores y mandatos de la Convención”; las prácticas y criterios de acción política y administrativa contrarios al Tratado; persistencia de políticas públicas de discapacidad “segregadoras” y “asistencialistas”, que no promueven una vida independiente y el derecho a ser incluido en la comunidad; entornos, productos y servicios no accesibles; insuficiencia de los apoyos y prestaciones públicas para asegurar un nivel de vida digno; o la ausencia de medidas eficaces para la toma de conciencia sobre la discapacidad y la diversidad humana.
En nuestro país, según su informe, Luis Cayo Pérez Bueno ha llamado la atención sobre la no garantía de la igual capacidad legal de personas con discapacidad, la admisión en la legislación española de internamientos forzosos por razón de discapacidad y de esterilización forzosa, la posibilidad de privar el derecho de sufragio, o modalidades y estructuras de enseñanza no inclusiva en la legislación educativa española.
Otros desajustes del cumplimiento el tratado serían: la no existencia en España de un marco amplio, flexible, suficiente y opcional de apoyos, recursos y prestaciones que garanticen la libertad de elección, la vida independiente y el bienestar social óptimo de las personas con discapacidad, la no garantía del derecho de una vivienda accesible, la exclusión dentro de la exclusión, la no garantía de la aplicación de la Convención en España, la debilidad en los mecanismos y cauces para la participación de las personas con discapacidad en la toma de decisiones públicas, así como la ausencia de medidas inmediatas, efectivas y pertinentes para la toma de conciencia.
Según Pérez Bueno, “las deliberaciones y decisiones del Comité se traducirán en recomendaciones y sugerencias de acción al Estado parte, que será de gran utilidad y eficacia para la mejor aplicación de la Convención a nivel nacional y para la mayor garantía de los derechos de las personas con discapacidad en España”.