El Diccionario de la RAE, en su última edición, recoge una definición del término “autista” que consideramos discriminatoria, y, por lo tanto, un agravio hacia las personas afectadas por autismo, por lo que desde la Federación Autismo Madrid nos unimos a muchas otras iniciativas como la de ASPAU de cara a su rectificación o retirada inmediata.

Fuente: Federación Autismo Madrid

El término autista, dicho de una persona, se refiere a quien tiene autismo.

Por su parte, el autismo no se define como un “encierro en un mundo aparte” y, mucho menos, un encierro consciente de la persona que presenta este trastorno. El autismo hace referencia a un conjunto amplio de condiciones que afectan al neurodesarrollo y al funcionamiento cerebral, dando lugar a dificultades en la comunicación e interacción social, así como en la flexibilidad del pensamiento y de la conducta de la persona que lo presenta.

La tercera acepción del término, refiriéndose a los síntomas autistas, dice así:

  1. Dicho de una persona: Encerrada en su mundo, conscientemente alejada de la realidad.

Por ello, esta entrada da carta de naturaleza a un significado peyorativo del autismo, pues convierte en sinónimo de un trastorno que afecta al neurodesarrollo a una actitud que, por asumirse conscientemente, denota un comportamiento negligente o incorrecto de la persona, cuando decide aislarse del mundo exterior y/o hacer caso omiso a sus semejantes.

La RAE legitima este uso peyorativo y echa por tierra los esfuerzos de las organizaciones que defienden los derechos de las personas con discapacidad por erradicar todos los estereotipos denigrantes que a menudo abundan alrededor de estas personas por su especial vulnerabilidad, y que se difunden frecuentemente a través del mal uso de los conceptos, en los medios de comunicación.

Para las personas con autismo y sus familiares, que una entidad como la RAE legitime este uso indebido, en vez de contribuir a combatirlo desde su privilegiada posición y su relevante función, manifiesta una dejación de la responsabilidad que el Estado español ha asumido con la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de la personas con discapacidad.

Según este Texto, España se ha comprometido en particular a “tomar todas las medidas pertinentes, incluidas medidas legislativas, para modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad” y asimismo, a “abstenerse de actos o prácticas que sean incompatibles con la presente Convención y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen conforme a lo dispuesto en ellas” (artículo 4). Además, los Estados se comprometen a adoptar medidas inmediatas efectivas y pertinentes para “luchar contra los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas respecto de las personas con discapacidad, en todos los ámbitos de la vida” y ello incluye “alentar a todos los órganos de los medios de comunicación a que difundan una imagen de las personas con discapacidad que sea compatible con el propósito de la presente Convención” (artículo 8).

El diccionario no se debe limitar únicamente a recoger significados que tienen o se dan a las palabras, sea su uso correcto o torticero, sino que también debe  “limpiar, pulir y dar esplendor” a la lengua española y a la dignidad de las personas.

Por ello, desde la Federación Autismo Madrid creemos que se debe retirar el punto 3 de la definición de “autista” y, de este modo, que su mal uso, aplicado a personas que conscientemente se alejan de la realidad, siga siendo un uso incorrecto desde el punto de vista lingüístico, lo que se va a seguir señalando desde las voces (personas, familias, organizaciones) que luchamos día a día por la inclusión en la sociedad de todas las personas, sean cuales sean sus circunstancias, con igualdad de derechos y de dignidad.

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