La Ley y regulación sobre Familias numerosas establece que son familia numerosa la compuesta por tres o más hijos, junto con progenitor/es o tutor/es, acogedores o guardadores legales. No obstante, existen también casos excepcionales donde se reconoce como familia numerosa a las compuestas por uno o dos progenitores con dos hijos cuando alguno de ellos no tenga capacidad para trabajar o tenga un grado de discapacidad reconocido superior al 33% en uno de los hijos/as.
Para que las familias numerosas obtengan los beneficios es necesario que tengan el título oficial en vigor que acredite dicha condición. Este título debe ser solicitado, en el caso de la Comunidad de Madrid, en la Dirección General de la Familia y el Menor Dirección General de la Familia y el Menor (C/ Gran Vía, 14 28013 Madrid) de forma presencial, previa cita, o de forma online. En este enlace encontraréis información al respecto https://goo.gl/UsDXrt
Los beneficios de los que disfrutan las familias numerosas dependen de lo que establezcan las tres administraciones: la Administración del Estado, las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales.
Según la Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias 2018* entre algunos de los beneficios de las familias numerosas que se establecen en el ámbito estatal están:
- Aumento del límite de ingresos para tener derecho a la asignación económica de la Seguridad Social por hijo a cargo menor de 18 años: 17.467,40 euros, en los supuestos en que concurran 3 hijos a cargo, incrementándose en 2.829,24 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto, éste incluido.
- Abono mensual de forma anticipada de las deducciones del IRPF por contribuyente que forme parte de una familia numerosa. En el caso de las de categoría general, hasta 1.200 euros anuales y hasta 2.400 euros anuales para las de categoría especial.
- Ampliación del periodo de un año de excedencia a 15 o 18 meses, según esté dentro de la categoría general o de la especial, para poder cuidar a su hijo en los primeros meses de vida. Durante este periodo se cuenta con la reserva del puesto dentro de la empresa.
- Derechos de preferencia para conseguir becas, reducción del 50% (para la categoría general), o exención (para la categoría especial) de tasas y precios públicos en el ámbito de la educación (matrículas, exámenes, expedición de títulos y diplomas).
- Derecho al subsidio por necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad para el transporte y comedor.
- Bonificaciones del 20% o el 50% en las tarifas de transporte por carretera, ferrocarril y marítimo (dependiendo de la categoría). Estas bonificaciones son acumulables a otros descuentos También se benefician de descuento del 5% o el 10% (según categoría) en las tarifas aéreas nacionales.
- Derechos de preferencia en el acceso de actividades de ocio del IMSERSO (turismo y termalismo social) y bonificación en las cuotas a abonar.
- Descuentos en los precios de museos, auditorios y teatros estatales.
- Bono social en la tarifa eléctrica consistente en la aplicación de un descuento del 25% sobre sobre el total del consumo realizado de 3.600 kWh.
- Exención del pago de tasas por la expedición o renovación del DNI y del Pasaporte a los miembros de familias numerosas.
OTROS BENEFICIOS
- Si la familia numerosa reside dentro de la Comunidad de Madrid puede optar a los beneficios que encontraréis en el siguiente enlace https://goo.gl/TnKMNP
- A nivel privado existen comercios que ofrecen a sus clientes, con familia numerosa, descuentos en la adquisición de sus productos y servicios ¡no te olvides de preguntar!
Dirección de interés:
Dirección General de la Familia y el Menor
C/ Gran Vía, 14 28013 Madrid
Tel. 913 925 300 (Centralita) 012 www.madrid.org
NORMATIVA ESTATAL
- Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
- Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.
- Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.
*Guía de Ayudas Sociales y Servicios para las Familias 2018. Marzo 2018. Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia. Subdirección General de las Familias. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Descarga la guía en el siguiente enlace https://www.msssi.gob.es/ssi/familiasInfancia/pdf/guiaayudasfamilias.pdf
Información recopilada por Leila López Nieto, trabajadora social de Federación Autismo Madrid.
Este artículo está muy completo!
Enhorabuena, y muchas gracias por facilitarnos tanta información.