Muchas familias que cuidan a niñas, niños o jóvenes con autismo y grandes necesidades de apoyo buscan alternativas que les permitan conciliar la vida laboral y familiar sin poner en riesgo su estabilidad económica.

En los últimos años, la demanda de información sobre la CUME —la prestación económica para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave— ha crecido de forma notable. En este contexto, la CUME puede convertirse en un apoyo fundamental.

 

¿Por qué es tan importante la CUME para las familias?

El cuidado de una persona con autismo que requiere supervisión constante suele implicar una reorganización profunda del día a día familiar: jornadas laborales reducidas, renuncias profesionales, estrés, desgaste emocional y dificultades económicas.

La CUME ofrece una vía para aliviar parte de esta carga, permitiendo que la persona cuidadora reduzca su jornada laboral sin perder ingresos de forma drástica.

 

¿Qué es exactamente la CUME?

La CUME es una ayuda económica gestionada por la Seguridad Social.

Su objetivo es permitir que madres, padres o tutores legales reduzcan su jornada laboral para dedicar más tiempo al cuidado de un menor que presenta una enfermedad grave y necesita atención directa, continua y permanente.

Esta reducción puede oscilar entre el 50 % y el 99 % de la jornada, y puede solicitarse tanto si se trabaja por cuenta ajena como por cuenta propia (autónomos).

Es importante tener en cuenta que solo uno de los progenitores o tutores puede beneficiarse de la prestación

 

Requisitos principales para solicitar la CUME

Quien la solicite debe cumplir con los siguientes criterios mínimos:

  • Estar afiliado/a y en alta en la Seguridad Social o en regímenes alternativos (funcionariado, mutualistas…).
  • En caso de ser autónomo/a, no tener deudas con la Seguridad Social.
  • Solo uno de los cuidadores puede solicitarla y debe contar con la autorización previa de su empresa para reducir la jornada laboral.
  • Cumplir con los plazos y condiciones de cotización establecidos según la edad de la persona que va a ser cuidada.

El menor o joven a cuidar debe presentar alguna de las enfermedades o trastornos recogidos en el Anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, pagina 12.

 

¿Y en el caso del autismo?

El diagnóstico de Trastorno del Espectro Autista actualmente no forma parte de los destinatarios principales (cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave).

No obstante, para las familias de personas con autismo que requieren apoyos intensos, la prestación puede solicitarse generalmente a través del epígrafe: “V. Psiquiatría: 32. Trastorno de conducta grave”
(Anexo del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio).

 

¿Dónde se solicita la CUME?

El trámite se realiza en la mutua colaboradora de la Seguridad Social con la que la empresa tenga cubierta las contingencias profesionales.
Por ello, el primer paso es preguntar a la empresa qué mutua corresponde.

En caso de que no exista una mutua asociada, será la Seguridad Social quien gestione directamente la solicitud y el pago de la prestación.

 

Situación actual y demandas del movimiento asociativo

Desde la Confederación de Autismo España, se está reclamando una modificación del Real Decreto que regula la CUME para que el autismo tenga un reconocimiento específico en la normativa.

A día de hoy, muchas familias se encuentran en una situación de inseguridad jurídica, ya que su acceso depende de interpretaciones arbitrarias del texto.

Puedes conocer más sobre esta reivindicación en el siguiente artículo de Autismo España.

Además, dentro de la Confederación de Autismo España, puedes acceder a mayor información al respecto:

Desde la Federación de Autismo Madrid, nos gustaría reconocer la gran labor que en este campo está realizando la Confederación Autismo España.

 

Enlaces útiles para ampliar información

Información oficial de la Seguridad Social:

 

 

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Fernando García Abad. Trabajador Social en Federación Autismo Madrid

 

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