El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes la nueva Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social

Con más de un año de retraso (su aprobación estaba prevista para agosto de 2012), finalmente el Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes 29 de noviembre la nueva Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. El texto, que ya está publicado en el BOE, presenta una novedad, ya que refunda en una única ley las tres más importantes en materia de atención y promoción de la discapacidad en España.

La nueva norma trae consigo además algún punto novedoso; y es que quedan definidos, por primera vez, los tipos de discriminación y las sanciones específicas aplicables a personas físicas o jurídicas que incurran en tal agravio. A las ya existentes formas de discriminación directa e indirecta se suman desde hoy las cometidas por asociación o por acoso.

Según el texto, la discriminación directa es ‘la situación en la que se encuentra una persona con discapacidad cuando es tratada de manera menos favorable que otra por razón de su discapacidad’. Por otra parte, se considera discriminación indirecta cuando ‘una disposición legal o una cláusula contractual, aparentemente neutros, pueden ocasionar una desventaja a una persona por razón de su discriminación’. Respecto a la discriminación por asociación, será tal ‘cuando una persona o grupo en que se integra es objeto de un trato discriminatorio debido a su relación con otra por motivo o por razón de discapacidad’. La discriminación por acoso es ‘toda conducta que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra la dignidad de una persona con discapacidad o crear un entorno intimidatorio, hostil, degradante o humillante’.

Esta aprobación responde a una petición del sector, agrupado en el CERMI Estatal

Esta nueva ley, en definitiva, responde principalmente a la necesidad de agrupar y dar sentido a la normativa existente, de tal modo que se ha refundido en un único texto legal, las tres leyes genéricas de discapacidad vigentes en España: La Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI); la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (LIONDAU), y la Ley por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

La aprobación de este Decreto responde a una petición del sector, agrupado en el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI Estatal).

Podéis consultar aquí la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social publicada en el BOE.

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