La Federación Autismo Madrid quiere hacer público, para el conocimiento de todas las familias interesadas, la forma y condiciones de acceso a la gratuidad del gasto farmacéutico, tras los cambios en la legislación que modifica la aportación que deben realizar las familias para el pago de medicamentos y pañales.

De acuerdo con la información facilitada por el Servicio Madrileño de Salud y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Ley 16/2012, para la aplicación de la gratuidad farmacéutica, las personas con discapacidad tienen que reunir alguno de los dos siguientes requisitos:

  • Las que así consten en Seguridad Social, en virtud de la Ley de Integración Social del Minusválido (LISMI) y que se acreditaron en su momento.
  • Las que reciban una prestación por hijo a cargo y esta sea de carácter no contributivo.

En el primer caso, según la propia Administración, estas personas estaban ya incluidas en el fichero que se ha cruzado para fijar la aportación farmacéutica, por lo que sus recetas tendrían que contener ya el código de no aportación (TSI 001).

En el segundo caso, se hace referencia a una prestación no contributiva, como es la asignación económica por cada hijo a cargo del beneficiario, menor de 18 años o mayor de dicha edad si está afectado por una minusvalía en grado igual o superior al 65 %, cualquiera que sea la naturaleza legal  de la filiación de aquél. Esta prestación es comúnmente conocida como «prestación por hijo a cargo» y puede haber algún tipo de incidencia, por lo que, si no se tiene reconocida la exención farmacéutica, las familias se tendrían que dirigir a un CAISS (Centro de Atención e Información de la Seguridad Social) con la siguiente documentación: DNI del titular y beneficiario, libro de familia y declaración de minusvalía.

Una vez incluidos correctamente en el fichero de Seguridad Social, se volverán a cruzar los datos y se actualizará la aportación farmacéutica a TSI 001, que es el código que os tienen que poner para que no os cobren nada en la farmacia.

Queremos agradecer desde aquí la colaboración del Servicio Madrileño de Salud y a la Subdirección de Coordinación de Atención Primaria y Aseguramiento, y esperamos que con este artículo se puedan solventar todas las dudas y problemas que las familias hemos ido encontrando desde la aplicación de esta nueva normativa sanitaria.

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