El Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI) es uno de los 11 centros base de la Comunidad de Madrid, dedicado específicamente a la atención de la población infantil. Tras la valoración realizada por CRECOVI y la obtención de la resolución de adjudicación de plaza en el Centro de Atención Temprana (cuyo proceso explicamos en este enlace), comienza el procedimiento de intervención terapéutica, que se desarrolla en las siguientes fases:
1.- Acogida. El trabajador social, psicólogo, pedagogo o director del centro acoge a la familia y revisa toda la información y documentación disponible para iniciar el tratamiento.
A continuación, se abre el expediente personal que incluirá los siguientes documentos:
-
- Informes que aporta la familia y el CRECOVI.
- Información obtenida en la entrevista.
- Ficha de ingreso en el centro, donde la familia, el tutor y/o guardador legal, autorizarán expresamente el intercambio de datos e informes entre los profesionales implicados en la atención del menor y siempre con el objetivo de favorecer su desarrollo.
Este expediente se irá completando progresivamente con documentos, informes y valoraciones futuras.
2. Valoración inicial. Los profesionales de la Unidad de Evaluación (psicólogo, pedagogo, trabajador social y/o terapeutas) basándose en la evaluación funcional realizada y en las recomendaciones del Dictamen de Necesidad de Atención Temprana, procederán a determinar los tratamientos con los que se iniciará la intervención terapéutica.
Las conclusiones de dicha valoración se incluirán en el expediente del menor.
Tras esta valoración, se comunicará a la Consejería competente en materia de educación la información sobre la relación de menores que inician su atención temprana en un centro y a la Consejería competente en materia de sanidad la información relativa al inicio de la intervención del menor, actualizándose los registros por parte de los profesionales.
3. Intervención terapéutica. La atención en el centro atención temprana y centro base, consiste en una intervención individual y globalizada en el desarrollo del niño. Para ello es necesaria la elaboración del Programa de Atención Individual (PAI).
Los responsables de su elaboración, aplicación, registro, seguimiento y evaluación son los profesionales que forman parte de la Unidad de Atención Terapéutica.
El PAI se revisará al menos dos veces al año.
Los tratamientos que se pueden proporcionar al menor son:
-
- Estimulación.
- Logopedia.
- Psicoterapia.
- Psicomotricidad.
- Fisioterapia.
La metodología de los tratamientos incluirá sesiones individuales (en las que puede participar la familia según criterio técnico) y cuando se considere oportuno sesiones grupales.
Durante el proceso de intervención terapéutica y para el seguimiento del menor, las personas de referencia del centro de atención temprana, del ámbito educativo, social y sanitario se coordinarán entre sí (existe coordinación con la Consejería competente en materia de educación, sanidad y servicios sociales.).
Para mejorar la integración del menor y de su familia en la etapa de Atención Temprana, el equipo técnico proporcionará información, formación, orientación y apoyo a la familia, con el objetivo de trabajar desde un enfoque preventivo y multidisciplinar.
Se realizarán dos valoraciones de seguimiento al año, para evaluar la evolución y las posibles adaptaciones de los objetivos y tratamientos ante una posible nueva situación. Se entregará a la familia, al menos, un informe de seguimiento anual.
Cuando se aproxime la fecha de finalización de la intervención, el centro de atención temprana o centro base citará a la familia para comunicarles la situación actual del niño y orientarles, si fuese preciso, sobre los recursos que pueda precisar en el futuro. Asimismo, informará de esta situación al Área de Coordinación de Atención Temprana, y se entregará a la familia un informe final.
_______________
Alba Navacerrada, Trabajadora Social de la Federación Autismo Madrid