Garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y la igualdad de los españoles ante la ley sin que pueda existir discriminación por ninguna razón o circunstancia personal o social, son preceptos clave conforme a los que el artículo 49 de la Constitución señala la obligación de los poderes públicos de realizar una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con discapacidad.

La Ley de Integración Social de los Minusválidos, es la primera ley aprobada en España con carácter general y sistemático dirigida a regular la atención y los apoyos a las personas con discapacidad y sus familias y ha estado vigente, con sucesivas modificaciones de distinto calado, han pasado 30 años desde su adopción por las Cortes Generales.

Como futuro inmediato, la LISMI debe desaparecer como tal, ya que el Gobierno, por mandato de la reciente Ley 26/2011, de 1 de agosto, ha de refundir en un único texto legal la LISMI, la LIONDAU (2003) y la Ley de Infracciones y Sanciones (2007), que son las tres principales disposiciones legales de carácter general vigentes en España consagradas a las personas con discapacidad.

Con este folleto, el CERMI desea rendir tributo a una norma legal provechosa para el propósito que perseguía, recopilando los artículos publicados para conmemorar este aniversario en los últimos meses en cemi.es semanal, el periódico de la discapacidad, en los que varias personas significadas de juicio certero se pronuncian sobre el valor de la LISMI, 30 años después.

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